Información laboral revisada el 20 de septiembre de 2026
Enfermedad y condición de salud

¿Pueden despedirme estando de baja?

La incapacidad temporal no bloquea cualquier despido. Lo decisivo es la causa real, su prueba y si la enfermedad o condición de salud influyó de forma discriminatoria en la decisión.

Lectura: 7 minutosRevisado por profesional del Derecho laboralEspaña

La baja no convierte automáticamente el despido en nulo

Una empresa puede adoptar una decisión extintiva durante una baja si existe una causa válida y ajena a la enfermedad. Por ejemplo, puede alegar una causa disciplinaria acreditada o una causa objetiva real. El simple hecho de coincidir temporalmente con la incapacidad no determina por sí solo el resultado.

Sin embargo, tampoco basta con que la carta utilice una causa aparentemente neutral. Deben examinarse los hechos, la proximidad temporal, las comunicaciones internas y el trato dispensado a la persona trabajadora.

Cuándo puede existir discriminación

La Ley 15/2022 incluye expresamente la enfermedad o condición de salud entre las causas protegidas. Si aparecen indicios razonables de que la baja influyó en el despido, la empresa debe aportar una justificación objetiva, suficientemente probada y ajena a esa circunstancia.

La duración de la enfermedad, la discapacidad, las limitaciones previsibles y el conocimiento empresarial pueden ser relevantes, pero cada caso requiere una valoración individual.

Señales que conviene conservar.Mensajes de presión para recibir el alta, críticas por las ausencias, anuncios de sustitución definitiva, comparaciones con otros trabajadores o una decisión inmediatamente posterior a comunicar la baja.

Qué resultados puede tener la reclamación

Despido procedente

Se declara cuando la empresa acredita una causa legal suficiente y respeta las garantías aplicables.

Despido improcedente

Puede producirse si la causa no se prueba o se incumplen requisitos formales, sin que se alcance la conclusión de que existió discriminación.

Despido nulo

Si el despido vulnera el derecho a la igualdad o responde a una causa discriminatoria, la consecuencia general es la readmisión, el abono de los salarios dejados de percibir y, cuando proceda, una indemnización adicional por daños.

Qué documentación resulta útil

  • Partes de baja y comunicaciones sobre su duración.
  • Mensajes con responsables o recursos humanos.
  • Evaluaciones y antecedentes laborales anteriores a la baja.
  • Carta de despido y documentos entregados con ella.
  • Datos que permitan comparar el trato con otras personas.
  • Reclamaciones previas sobre salud, adaptación o prevención de riesgos.

El plazo sigue siendo muy breve

Aunque exista una posible vulneración de derechos fundamentales, la impugnación del despido está sometida con carácter general al plazo de 20 días hábiles. La preparación de la prueba no debe retrasar la actuación.

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